martes, 29 de julio de 2014

LA RESOLUCIÓN 2757 DEL CGE ES ILEGAL. NO SE DEBE MARCAR A NADIE Y ROBARLE PARTE DE SU SUELDO POR ADHERIR A LA LUCHA DE TODOS

-LOS COMPAÑER@S DIRECTIVOS Y ADMINISTRATIV@S NO DEBEN DARLE ENTIDAD A ÉSTAS RESOLUCIONES POLÍTICAS NI PASAR LISTA DE PARO-

-Los gobernantes y funcionarios, especialmente en ésta gestión, han enviado éste tipo de disposiciones políticas ilegales para acobardar a directivos, hacerlos olvidar de que accedieron a su cargo por carrera docente, colocarlos como funcionarios políticos a espaldas de sus compañeros docentes y a espaldas de la Constitución Nacional, y pedirles a los directivos que marquen a sus compañeros y les descuenten su sueldo.

El derecho a huelga es legal, lo enseñamos en las aulas -capaz que algunos en en privada no, pero más allá de algunos feudos conservadores y reaccionarios que tanto mal democrático hacen- es tema de ética y sociales en la educación pública, además de un derecho conquistado históricamente por los trabajadores.

Lean bien, la propia Resolución 2757 trata de no quedar totalmente al margen de la ley y, en el segundo párrafo de sus considerandos, reconoce el derecho a huelga. Esa línea es la única de base legal y constitucional y anula e impugna todas las demás líneas y amenazas ilegales, inmorales e inaceptables de la resolución.

Y está dicho que Día de Paro es Día de lucha, reconocido por el Art.14 bis de la Constitución y por el propio gobierno en las únicas líneas legales, las del segundo párrafo, de ésta resolución. Por tanto No es día no trabajado, es un día especial reconocido por la ley máxima como día de reclamo legítimo y necesario por los derechos de todos. El Art.14 bis hace que un día de paro No sea un “día no trabajado”. Entonces, el Art.1ro de lo que “resuelve” ésta resolución se cae por el propio peso de su contradicción y de su ilegalidad: “no se abonan los días no trabajados”... sí, cualquier otro día que un docente falte, pero no un día de lucha reconocido por la Constitución.

El gobierno no declaró ilegal el paro. Estas disposiciones son ilegales e inconstitucionales y nuestra central obrera, la CTA Paraná, tiene un fallo ganado en primera instancia, patrocinado por el Dr. Carlos Fenés.

Marcar a alguien es ser cómplice de otra estafa y robo del gobierno a los trabajadores docentes. Mucho más en un contexto donde hay más de una veintena de empleados del CGE acusados de estafa y robo.

No se puede descontar el día a un trabajador que no firmó FU por que no hubo ausencia real formal y legal. Es meterle la mano en el bolsillo, sacándole el sueldo a un trabajador para cumplir con una órden ilegal, inmoral, inaceptable. Los docentes tenemos derecho a una presentar una nota exigiendo nombres de los que piden listas de paro y tenemos derecho al abogado gremial también.

Los directivos NO deben marcan a nadie, NO deben pasar lista de paro, NI hacer circular ni dar entidad a resoluciones políticas para amedrentar o hacer dudar en la lucha a los trabajadores, porque ESO NO SE HACE. Una cosa es un día de lucha de todos y otra es cualquier debate que podamos tener institucional, pedagógico y didáctico, que debemos darlo en los momentos, lugares e instancias que corresponden.

Los directivos también ganan con la lucha de todos. Lo que hay que hacer es OBVIAR estas resoluciones, y apoyarnos mucho permanentemente entre todos, directivos (que nunca se tienen que olvidar que son docentes) y docentes, y todos con delegados, filiales y seccionales gremiales.

Mauricio Castaldo
Sec.Gral AGMER María Grande y

Sec.DD HH CTA Paraná

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